Legislación en Certificación y Calificación Energética de Edificios
“El Real Decreto RD 235/2013 establece que a partir de Junio de 2013 es obligatoria la Certificación Energética de Edificios Existentes”
El Ministerio de Industria mediante esta normativa obliga a que todas las viviendas que se vendan o alquilen en España cuenten con un Certificado de Eficiencia Energética.
Con anterioridad a este Real Decreto, este certificado, que describe la eficacia en el consumo energético de las viviendas, solo se exigía para edificios de nueva construcción o grandes rehabilitaciones.
De esta forma, España se pliega a las exigencias de Bruselas que considera el certificado como una medida de fomento de la eficiencia energética, tanto para el ahorro en el consumo de energía, como para el cuidado del medio ambiente.
El Real Decreto RD 235/2013 señala que la etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de una vivienda. Por tanto, todo el que a partir de la entrada en vigor de esta ley desee vender o alquilar una casa en España, tendrá que disponer del mencionado certificado cuya validez es de un máximo de 10 años.
Se contemplan sanciones para los propietarios que anuncien su casa sin disponer de un certificado de eficiencia energética, los cuales tienen obligación de disponer de la etiqueta energética de su vivienda actualizada.
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Realizaremos un estudio del inmueble y emitiremos el certificado energético, documento oficial que servirá para calificar su eficiencia energética, de acuerdo con los parámetros exigidos por el IDAE. El resultado dependerá del consumo que requiera diariamente en función del aislamiento, calidad de los muros y ventanas, los sistemas de calefacción, etc.